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Habitantes del barrio Villa Cecilia han denunciado el cambio abusivo de estrato de Alcanos, del estrato 1 al 3, el incremento desproporcionado se efectuo del mes de mayo al mes de junio, sin el más mínimo respeto por la comunidad que como mínimo debió ser notificada respeto  a la modificación del estrato de acuerdo a lo que manifiesta la normatividad específicamente la Ley 1437 en su artículo 67 y subsiguientes,(La cual exige que las empresas de servicios públicos notifiquen a los usuarios sobre cualquier cambio de estrato. Esta notificación debe ser clara, precisa y oportuna, permitiendo al usuario conocer la razón del cambio y sus implicaciones).

Es un abuso de la empresa de servicios públicos modificar el estrato sin notificar al usuario, y esto no es válido según la ley. Los usuarios deben ser notificados y tener la oportunidad de ejercer sus derechos y recurrir si consideran que el cambio de estrato es injusto. Los prestadores deben abstenerse de implementar cambios, hasta tanto exista un acto administrativo  y el mismo cobre firmeza.

De esta manera, una vez proferido el acto administrativo debe llevarse a cabo el trámite de notificación personal y, si esta no es posible, el de notificación por aviso, dentro de los plazos que expresamente dispone la ley.

Si no se lleva a cabo la notificación del acto por medio del cual se modificó el estrato de un determinado predio o esta se surte de manera irregular, la decisión no producirá efectos legales, advirtió la entidad.

Así las cosas, aunque los prestadores tienen el deber de aplicar la estratificación socioeconómica que determine el municipio y cobrar las tarifas según el estrato asignado, no podrán implementar los cambios correspondientes si no es posible notificar el acto administrativo particular y concreto. Existe un derecho a la defensa: Una vez notificado el cambio, el usuario tiene derecho a ejercer sus derechos y a presentar recursos de reposición o apelación si considera que el cambio es injusto o incorrecto.

Si no se procedió  a la respectiva notificación al usuario  acorde a la Ley, la decisión no tiene efectos legales y no se puede obligar al usuario a pagar tarifas más altas.

Lo peor no existe una oficina local de la empresa donde radicar reclamaciòn alguna, manifestaron habitantes del sector . se efectuo 


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