La comercialización de este producto icono de la
agricultura colombiana tendrá
interesantes incentivos, además obliga a gobernadores y alcaldes a involucrarse
en los estímulos y a fomentar la asociatividad; a las instituciones públicas a fomentar su consumo.
El Presidente de la República, Iván Duque, sancionó la
Ley de la Panela, normativa que entregará importantes beneficios quien comercialice este producto básico ello con el fin de potencializar la comercialización del
tradicional producto.
Se busca con esta Ley impulsar la compra institucional de la panela, así como
fortalecer y formalizar la producción con el apoyo de entidades gubernamentales
nacionales, departamentales y municipales.
“El sector panelero no contaba con un conjunto de
disposiciones para impulsar su
desarrollo mediante la generación de incentivos y beneficios a los diferentes
integrantes de esta cadena productiva con el propósito de ampliar la demanda de
panela y mieles vírgenes, especialmente de trapiches de economía campesina”,
afirmó el gobierno.
También resaltó
que “se crean incentivos tributarios para pequeñas, medianas y grandes
empresas de productos de consumo masivo que compren productos elaborados con
panela provenientes de trapiches de economía campesina”.
Beneficios
que traerá la Ley de la Panela
• Para certificar su procedencia y cumplimiento de
requisitos, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural creará el sello de
garantía de proveedor que debe identificar dichos productos. El incentivo
consiste en el descuento del 100% del impuesto de renta asociado a las ventas
de tales productos durante 7 años con posibilidad de prórroga por cinco años
más.
• Igualmente se establecen descuentos tributarios para
los comercializadores y exportadores de panelas, mieles vírgenes y productos
con el sello de proveedor de trapiches de economía campesina, equivalente al
20% del impuesto de renta asociado a la comercialización o exportación de estos
productos, durante tres años.
Planes y programas para la formalización y reconversión
tecnológica de los trapiches:
• Los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo,
Trabajo y Agricultura y Desarrollo Rural diseñarán e implementarán un programa
de fomento para la formalización empresarial y laboral de las plantas
productoras de panela y centrales de mieles, mientras que el Servicio Nacional
de Aprendizaje (Sena) consolidará programas de buenas prácticas productivas
para aumentar la productividad y la formalización laboral de trapiches de
economía campesina.
• Con el liderazgo del Ministerio de Agricultura se
desarrollará un plan de mejoramiento y reconversión tecnológica de trapiches
que contemple asistencia técnica, apoyo económico, subsidios y acceso a
crédito.
Beneficios para campesinos, artesanos y emprendedores:
• Con el fin de apoyar la creación y formalización de
nuevos negocios por parte de campesinos, artesanos y pequeños emprendedores, la
Ley de la Panela crea las categorías Artesanal (A) y Emprendedor (E) para la
obtención del registro, permiso o notificación sanitaria emitida por el Invima,
que tendrá un costo de una quinta parte del valor aplicable sin desconocer los
requisitos sanitarios.
Igualmente, el registro de estos negocios en las cámaras
de comercio tendrá una tarifa reducida, fijada por el Gobierno Nacional.
Apoyo de Gobernaciones y Alcaldías:
• Se crean disposiciones para que alcaldías y
gobernaciones apoyen el otorgamiento de Registro Sanitario, Permiso Sanitario y
Notificación Sanitaria emitidos por el Invima a propietarios de trapiches de
economía campesina.
• También estas entidades deben promover la asociatividad
de los productores paneleros para disminuir costos de producción, mejorar los
controles sanitarios y optimizar la comercialización.
• En los planes departamentales y municipales de
desarrollo de regiones paneleras se debe incluir un reglón destinado a la
promoción de la actividad panelera. Se privilegiará los trapiches de economía
campesina en caso que dichos planes contemplen otorgamiento de terrenos en
comodato o creación de fondos de emprendimiento para la financiación de
proyectos paneleros.
Compras institucionales de panela:
• La Ley establece que en todas las entidades públicas
donde se preste servicio de cafetería y restaurante, habrá disponibilidad de
panela para los consumidores.
• Igualmente, las empresas de alimentos y bebidas que
contraten con entidades públicas para vender sus productos y que dentro de su
portafolio incluya endulzantes, deberán tener panela disponible en los puntos
de atención.
• También las instituciones públicas que proporcionen
alimentos y bebidas deberán incluir la panela como parte de la oferta a sus
funcionarios estos entre otros.