Revaluar facturación electrónica para caficultores

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La Federación Nacional de Cafeteros (FNC), por medio de su Comité Directivo y su Gerente General, hace hoy un llamado urgente a las autoridades nacionales a revaluar la facturación electrónica por parte de caficultores, teniendo en cuenta  los múltiples desafíos que aún enfrenta la Colombia rural.

Por un lado, en el campo subsisten graves limitaciones de conectividad que ya se han advertido de tiempo atrás y que la actual pandemia hizo aún más evidentes. El teletrabajo, las reuniones virtuales o la telemedicina son apenas un sueño en extensas zonas rurales del país.

Basta con echar una mirada al famoso incentivo rural para los mayores de 70 años en el campo, consagrado en el Decreto 486 de marzo de 2020, ni siquiera ha podido reglamentarse y por tanto no se sabe aún a quién y cómo llegará.

Si bien es cierto se ha avanzado en portabilidad de la afiliación al régimen subsidiado de salud, bancarización y educación, aún falta un largo trecho para que el Estado de bienestar llegue a la ruralidad. Las obligaciones no pueden llegar antes que los derechos.

 

Otra situación a considerar  detenidamente es, una finca no es un establecimiento comercial, como se pretende. El Código de Comercio en su artículo 23, establece que la caficultura no es una actividad mercantil y por ende quienes la realizan no son comerciantes.

“Las enajenaciones que hagan directamente los agricultores o ganaderos de los frutos de sus cosechas o ganados, en su  estado natural. Tampoco serán mercantiles las actividades de transformación de tales frutos que efectúen los agricultores o ganaderos, siempre y cuando dicha transformación no constituya por sí misma una empresa”, se lee en la norma.

También cabe recordar que 82% de los caficultores colombianos están en el régimen subsidiado de salud, 50% tienen menos de una hectárea, apenas 1% de los productores tienen más de 10 hectáreas de café, el 15% son adultos mayores, 75% de los hogares cafeteros vive en la zona rural dispersa… Y qué decir de la escolaridad mínima.

Por todas estas razones, es poco razonable esperar que, por decreto, a partir de determinada fecha los caficultores, por el solo hecho de tener una finca, puedan facturar electrónicamente.

Al redactar y exigir normas se debe siempre tomar en cuenta la importancia de que sean realizables y por lo tanto realistas.

En el momento que  el internet llegue a las fincas cafeteras plenamente, cuando tener acceso a un celular con datos y buena señal esté garantizada, cuando pagar a un recolector requiera simplemente presionar un botón, ese día la facturación electrónica será más viable para los productores rurales.

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