La demanda ante la Procuraduría
General por “Volteo de Tierras” fue radicada el pasado 7 de abril de 2022 por
el ingeniero Catastral y Geodesta José Antonio Serna, por presuntas faltas gravísimas
conforme a lo normado violando la ley 1952de enero de 2019 por cuanto el alcalde
del municipio de Mariquita, Juan Carlos Castaño y los 13 concejales de
manera directa y decisoria aprobaron el Acuerdo 025 de 28 de diciembre de 2020.
Dicho acuerdo complementa de manera
excepcional el PBOT (Acuerdo 019 de 2004), incorporando el polígono del suelo
suburbano y se dictan otras disposiciones, este fue debatido en comisión el día
22 de diciembre de 2020 en primer debate y en plenaria en segundo debate en
sesión extraordinaria el 216 de diciembre de 2020, pasando a sanción del alcalde,
quien lo sanciona y publica el día 29 de diciembre de 2020.
El acuerdo en mención en su artículo
5 ordena “Incorporar al ordenamiento
territorial del municipio de San Sebastián de Mariquita, la categoría de
suelo suburbano al interior del suelo rural, lo cual se materializa en el plano
FR-15M según los puntos y coordenadas, de acuerdo a los polígonos allí
descritos; pero omite de manera
irregular el cálculo de la cabida superficiaria, la que es aproximadamente de Seis millones veinticuatro mil M2,
evitando de esta manera que supuestamente que los concejales se enteren y
promuevan un necesario debate por demás engorroso, por lo se
modifican los usos de suelo sin
estudios técnicos .
En cuanto a la plusvalía se
determina en el acuerdo 25 las áreas de
terreno zonificadas y establecidas en el acuerdo, las cuales deberán ser objeto
de participación en plusvalía, conforme a la ley 388 y que se definen en su
articulo 73, y que en un aparte manifiesta que La participación y aprovechamiento de las entidades publicas
por plusvalía se destinara a la defensa y fomento del interés común a través de
acciones y operaciones de desarrollo urbano, mejoramiento del espacio público y
en general a la calidad urbana del territorio municipal . En el municipio de Mariquita
esta normada en el acuerdo 14 de 2018 (Estatuto de Rentas), artículos 140 al
155, de acuerdo a lo expresado por el demandante, la dependencia responsable en
el municipio no ha iniciado el proceso de recaudo, fiscalización y cobro de la participación
de la plusvalía, transcurridos más de 15 meses de entrada en vigencia del
acuerdo 025 de 2020.
En la actualidad el municipio
expide licencias de urbanismo y construcción en zona suburbana sin exigir el
pago del gravamen de plusvalía, violando el decreto 1788 de 2004 en su artículo
sexto. Siguiendo la metodología del IGAC, para el cálculo del plusvalor el
valor de cada metro cuadrado paso de diez mil pesos($ 10.000) a cien mil pesos
($100.000), teniendo en cuenta el porcentaje
de participación en plusvalía a
liquidar desde el primer semestre del
2019 que corresponde a un 50% del mayor
valor adquirido por los inmuebles en el área de influencia delimitada en el
acto administrativo es de ($271.080.000.000) que pertenecen al municipio de
Mariquita, lo que estaría generando el volteo de tierras en favor de terceros.
Consultada la CORPORACIÓN
AUTONOMA REGIONAL DEL TOLIMA acerca de la legalidad de la modificación realizada
al PBOT por la alcaldía de Mariquita, responde que en mesa técnica dicha
corporación evidencio la modificación realizada al PBOT y se aclaró que el municipio
no podía haber realizado esta modificación excepcional sin cumplir con lo
establecido en el decreto 1232 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio,
sin cumplir además con lo normado por la ley 99 de 1993 y sin cumplir con lo
normado en la ley 388 de 1997 en sus artículos 24, que por lo tanto la expedición del acuerdo 25 es ilegal (violatorio de la CPC en su artículo 82, por
lo tanto se tipifica Volteo de Tierras: Modificaciones irregulares e ilegales
de los Planes de Ordenamiento Territorial con fines de lucro.
Una de las dificultades que
afronta la planeación territorial en Colombia y detectada en varios municipios
que generan corrupción consistente en modificaciones sin fundamento técnico de
los PBOT para la urbanización de suelos agrícolas generando aumento vertiginoso
de los precios de los predios.