En el mismo proceso están vinculados un abogado y el
entonces representante del Club Tayrona.
La Fiscalía 53 imputó cargos al alcalde del Líbano, Jesús
Antonio Giraldo, a su asesor jurídico Jaime Berján Rodríguez y a Jairo Arango
Castaño, representante del Club Tayrona, por los delitos de tráfico de
influencias de servidor público y fraude procesal.
Los hechos que involucran al mandatario se refieren al
supuesto manejo amañado que realizó Jesús Antonio Giraldo, junto a Berján
Rodríguez y Arango Castaño al momento de comprar el terreno del club Tayrona.
En la audiencia pública se demostró que las convocatorias y
reuniones de los asociados, así como los documentos presentados ante la
Gobernación del Tolima, habrían sido manipulados para que durante el mandato de
Luis Carlos Delgado Peñón se emitiera la resolución 486 del 14 de enero del
2014, que reconocía el club de tejo Tayrona y a la nueva junta directiva, en
cabeza de Jaime Arango Castaño.
En el caso del abogado Jaime Berján, fue señalado por la Fiscalía como coautor y
según el fiscal 53 sería el encargado de todas las gestiones encaminadas a la
compra del lote del terreno donde funcionaba el Club Tayrona, para luego
venderlo y repartir el dinero de dicha negociación.
Cabe anotar que el alcalde Jesús Antonio Giraldo Vega,
podría ser destituido y enviado a la cárcel, pues fue imputado en calidad de
coautor por los delitos de tráfico de influencia de servidor público en concurso
con fraude procesal en concurso homogéneo y heterogéneo.
En cuanto al abogado Jaime Berján Rodríguez, asesor
jurídico, en el momento de los hechos se le imputó en calidad de coautor por
los delitos de tráfico de influencia de servidor público, fraude procesal en
concurso homogéneo y heterogéneo. Giraldo y Berján se exponen a una pena de 72
a 144 meses.
En el caso de
Jairo
Arango Castaño, quien fungía como presidente del club de tejo Tayrona también
se le imputaron cargos como coautor el delito de fraude procesal y podría
enfrentar una pena de seis años de
prisión y además ser inhabilitado para el ejercicio y funciones públicas entre
cinco a ocho años.