El Consejo de Estado, a través de la Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Segunda, Subsección B, confirmó en segunda instancia la decisión que negó la tutela presentada por Mayer Augusto Aguirre Téllez, quien buscaba anular la elección del actual alcalde de Palocabildo (Tolima), Leonardo Maldonado Sánchez, elegido para el periodo 2024–2027.
La acción de tutela interpuesta por Aguirre pretendía que se
declarara la nulidad de la sentencia de la Sección Quinta del Consejo de
Estado, bajo el argumento de presuntos defectos sustantivos, fácticos y
procedimentales en el fallo que mantuvo la validez de los comicios municipales.
Durante las elecciones locales de 2023, el proceso en
Palocabildo se vio alterado por actos de violencia que culminaron con la quema
de documentos electorales en el lugar del escrutinio.
Tras estos hechos, promovió una demanda de nulidad electoral alegando que la destrucción del material físico impedía verificar la transparencia del proceso.
En su análisis, el Consejero Ponente Juan Enrique Bedoya
Escobar concluyó que no se configuraron las vulneraciones alegadas por el
demandante.
El alto tribunal sostuvo que, aunque existió destrucción
parcial del material electoral, los formularios E-14 de los jurados y delegados
conservaban plena validez y no presentaban tachones, enmendaduras ni
inconsistencias aritméticas que justificaran un nuevo conteo de votos o la
exclusión de mesas.
El fallo enfatiza que la pérdida del material electoral no
tuvo la entidad suficiente para afectar la voluntad popular, toda vez que la
información consignada por los jurados fue respaldada por fotografías y
registros digitales autenticados por la Registraduría Nacional.
Aguirre, quien obtuvo 2.772 votos frente a los 2.680 de Maldonado según el preconteo, perdió la alcaldía por una diferencia final de ocho sufragios luego del escrutinio.
