Esta protección blinda jurídicamente al mangostino contra el
uso indebido de su nombre, evita confusiones en el mercado y salvaguarda la
reputación de excelencia construida por los productores de la región.
La decisión que declara la protección de la Denominación de
Origen “Mangostino de Mariquita”, en una determinación de primera instancia que
reconoce oficialmente la calidad, reputación y características únicas de este
fruto cultivado en el norte del departamento del Tolima.
La solicitud fue presentada por la Cámara de Comercio de
Honda, Guaduas y Norte del Tolima, el Centro Regional de Productividad y
Desarrollo Tecnológico del Tolima y el municipio de San Sebastián de Mariquita.
Tras surtirse el procedimiento establecido en la Decisión 486 de la Comunidad
Andina, durante el cual no se presentaron oposiciones, la Superintendencia de
Industria y Comercio concluyó que las cualidades particulares del fruto se
deben esencialmente a su medio geográfico.
Características y reconocimiento de la Denominación
de Origen “Mangostino de Mariquita”
La Denominación de Origen identifica el mangostino cultivado
en los municipios de San Sebastián de Mariquita, Armero (Armero-Guayabal),
Falan, Palocabildo, Honda y Fresno. En estos territorios, la interacción entre
factores naturales como el clima, la altitud y los suelos, junto con el saber
hacer de los agricultores, ha permitido obtener un fruto con cualidades
diferenciadas.
Las prácticas agrícolas tradicionales consolidadas en la
región han contribuido a posicionar el producto con una reputación de
excelencia, asociada a su origen y a la experiencia productiva de las
comunidades locales.
La protección de esta denominación reconoce no solo la
calidad intrínseca del mangostino, sino también la riqueza de los territorios y
el esfuerzo de sus productores. Este vínculo entre el producto y su entorno
geográfico refuerza su prestigio y permite a los agricultores diferenciarse en
el mercado, aportando al desarrollo rural, la competitividad y la proyección
del Tolima como referente nacional en frutas exóticas de alta calidad.
Con esta decisión, la SIC delegó la facultad de autorizar el
uso de la Denominación de Origen a la Cámara de Comercio de Honda, Guaduas y
Norte del Tolima, fortaleciendo un modelo de gobernanza territorial articulado
con el sector productivo, orientado a la diversificación económica y al
desarrollo humano inclusivo.
La entidad delegada deberá garantizar procedimientos
objetivos, imparciales y transparentes para otorgar las autorizaciones a los
productores que cumplan con el Reglamento de Uso, asegurando así la protección
efectiva y el prestigio de la denominación.
La declaratoria representa un valor agregado para los
productores, al permitirles diferenciar su producto, acceder a mejores
oportunidades comerciales y avanzar en procesos de formalización y competitividad
rural. Asimismo, fortalece la proyección del Tolima como referente nacional en
frutas exóticas de alta calidad y posiciona a Colombia como un país que protege
estratégicamente sus activos territoriales mediante herramientas de propiedad
industrial.